domingo, mayo 26, 2013 05:20:39
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Decreto Supremo Nº 148 Reglamento sobre manejo de residuos peligrosos

By Olguín - Mar may 17, 8:25 am

Aprueba reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos

Artículo 1. Este Reglamento establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reuso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos.

Artículo 2. Corresponderá a la Autoridad Sanitaria fiscalizar y controlar el cumplimiento de las disposiciones del presente reglamento y del Código Sanitario en estas materias, todo ello de acuerdo con las normas e instrucciones generales que imparta el Ministerio de Salud. Los órganos del Estado que ejerzan funciones relacionadas con los residuos peligrosos deberán cumplir tales cometidos coordinadamente propendiendo a la unidad de acción y a la colaboración recíproca.

Artículo 3. Para los efectos del presente reglamento, las expresiones que aquí se indican tendrán el significado que se señala: Almacenamiento o acumulación: se refiere a la conservación de residuos en un sitio y por un lapso determinados.

Descargar Decreto Supremo 148

 

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